martes, 24 de mayo de 2011

Asignación Universal por Embarazo para Protección Social

Algunas consultas mas frecuentes



¿A partir de qué mes tengo derecho a cobrar esta asignación?

A partir de mayo de 2011 de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 446/2011.
¿Quién tiene derecho a cobrar esta asignación?

Únicamente la mujer embarazada.
¿Quiénes son las personas que van a tener la cobertura de esta Asignación por Embarazo para Protección Social?

Todas aquellas mujeres embarazadas entre la semana 12 y la semana 42 de gestación que no cuenten con cobertura de Obra Social.
¿Qué requisitos se van a exigir para poder cobrar esta asignación?

Que la mujer embarazada:
Tenga DNI.
Si es extranjera, una residencia mínima de 3 años en el país.
Se encuentre inscripta en el Plan Nacer y se haga los controles que ese plan establece.
Que tanto la mujer embarazada como su grupo familiar se encuentren desocupados o sean trabajadoras de temporadas que se encuentren declaradas con ¨reserva de puesto” o bien sean monotributistas sociales, que no perciban ninguna prestación contributiva o no contributiva o se desempeñen en la economía informal o en el servicio doméstico percibiendo, en estos dos últimos casos, una suma de dinero igual o inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil.
¿En qué momento de mi embarazo puedo cobrar esta asignación?

La podrá cobrar una vez cumplida la DECIMOSEGUNDA (12) semana de gestación, es decir, finalizado su tercer (3°) mes de embarazo y hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Puedo acceder a esta asignación una vez que mi hijo nació?

No, debe gestionarse antes del nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Cuántos meses como máximo tengo derecho a cobrar?

Hasta seis (6) meses.
¿Cómo realizo el trámite una vez cumplidas las doce (12) semanas de gestación?Solicitando un turno ante ANSES, a través del 130 o ingresando en nuestra página www.anses.gob.ar a partir del 20 de Abril de 2011. Una vez asignado el turno deberán presentarse en las UDAI con el Formulario “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social” debidamente cumplimentado por el profesional que acredite el estado de embarazo.
¿Cuánto y cuándo voy a cobrar en forma mensual?

Percibirá mensualmente la suma de $ 176, que representa el 80% del monto total de la asignación que es de $ 220. Los $ 44 restantes, correspondientes al 20%, se acumularán mensualmente para ser percibidos después del nacimiento.
Si presenta el trámite del 1° al 9° día del mes, cobra al mes siguiente, si no pasa la liquidación al mes posterior y acumula las dos cuotas. Por ejemplo: si se presenta el 2/5/11 y acredita las 12 semanas de gestación con el formulario, cobra $ 176.- a partir del 6/6/11 según cronograma de pagos de acuerdo a la terminación del documento.
Si se presenta el 12/5/11 con el formulario, cobra $ 352.- (por mayo y por junio) el 6/7/11 según el cronograma vigente.
¿Cuándo voy a cobrar el monto acumulado del 20 % restante?

Lo cobrará una vez que se haya constatado el nacimiento o la interrupción del embarazo, previa verificación de todos los controles médico-sanitarios e inscripción del niño en el Plan Nacer. Para acreditar el cumplimiento deberá presentar en las UDAI el Formulario “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social” debidamente certificado por el profesional que acredite los controles médicos realizados.
¿Qué controles me deberé hacer durante el embarazo?
Los que exige el Plan Nacer, es decir:
5 controles médicos que consisten en: peso, medición de la embarazada, control mamario, medición de la panza, latidos del bebé y papanicolau.
Recibir información sobre cuidados durante el embarazo, luego del parto y del recién nacido, situaciones de consultas urgentes durante el embarazo y luego del parto, lactancia materna, etc.
Odontología: Examen odontológico.
Análisis de sangre y orina: Grupo sanguíneo, chagas, sífilis, SIDA, cultivo de orina, etc.
Vacunas: Dos dosis de vacuna doble (tétano y difteria) en el embarazo y una dosis de vacuna doble viral (sarampión y rubeola) luego del parto.
2 ecografías.
Derivación en caso de ser necesario a: médicos especialistas, nutricionistas, asistentes sociales, psicólogos, etc.
¿Cómo van a registrar los controles médicos que me hago durante el embarazo?

A través de una tarjeta de seguimiento, en el esquema que establece el Plan Nacer.
¿Además de los controles del Plan Nacer, ANSES me va a exigir otros controles médicos?No.
Si soy Monotributista Social, empleada del Servicio Doméstico con un sueldo igual o menor al Salario Mínimo Vital y Móvil o Trabajadora de Temporada con Reserva de puesto de trabajo y tengo Obra Social ¿voy a poder cobrar esta asignación?Sí, en la medida en que cumpla con el resto de los requisitos. Deberá realizarse los mismos controles médicos que exige el Plan Nacer en los establecimientos de salud autorizados por su obra social.
Estoy cobrando la Asignación Universal por Hijo por la cantidad máxima permitida, que es de cinco (5) hijos.¿Voy a poder cobrar la Asignación por Embarazo?Si, porque es compatible con la Asignación Universal por Hijo, pero cuando nazca este nuevo hijo, seguirá cobrando cinco (5) Asignaciones Universales.
Estoy embarazada de mellizos. ¿Cuántas Asignaciones por Embarazo para Protección Social voy a poder cobrar?Sólo una, dado que lo que se está cubriendo con esta Asignación es el “cuidado de su embarazo”.

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